Dispone la exención para el pago de impuestos a sus bienes inmuebles de propiedad de: Dora Roca Vda. de Montero, María Adela Inés Flores Vda. de Antezana, Leticia Gómez Vda. de Flor, Lilia Urgel Vda. de Pictor; Viudas de Beneméritos de la Campaña del Chaco, por las gestiones 2000, 2001, 2002 y 2003.