Rectifíquese el Artículo Primero de la Ordenanza Municipal Nº 027/99 de fecha 30 de junio de 1999, ordenándole al Ejecutivo Municipal la indemnización de los terrenos afectados mediante pago de los mismos a su justo precio, ubicados en la UV. 67, Manzana 20, Lotes 7 y 18; Manzanas 21, lotes 7 y 18; Manzana 22, Lotes 6 y 24.