La Ley Municipal
es la disposición legal que emana del Concejo Municipal en ejercicio de su facultad legislativa,
cumpliendo de forma estricta el procedimiento, requisitos y formalidades establecidos por Ley.
Es de carácter general y su aplicación y cumplimiento es obligatorio desde el momento de su publicación en la Gaceta Municipal.
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A continuación se muestran las Gacetas que fueron publicadas en distintos medios de comunicación
impresos antes que existiera la
Biblioteca Legislativa Virtual
del Concejo Municipal.
Ley Autonómica Municipal Nº 582
- Ley que aprueba la modificación presupuestaria intrainstitucional por incorporación de recursos y gastos en el POA 2017 y presupuesto del gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra.
Ley Autonómica Municipal Nº 553
- Ley de aprobación de financiamiento para la gestión de crédito, programa de Contrapartes Locales Para Gobiernos Autónomos Municipales.
Ley Autonómica Municipal Nº 552
- Ley de aprobación de financiamiento para la gestión de crédito, programa Construcción Obras Complementarias Mercado Minorista La Ramada Distrito 10.
Ley Autonómica Municipal Nº 540
- Ley Autonómica Municipal que asigna el uso de suelo mixto para el Lote de Terreno No. 8, ubicado en la Zona Norte, D.M. N° 2, U.V. 15, sobre el Tercer Anillo Interno, con una superficie de 4.833,45m2.
Ley Autonómica Municipal Nº 537
- BIEN DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL ,ubicación, zona norte, Distrito N° 1, U.V 63, Mz.7,uso de suelo, área verde, uso, recreativo, uso especificativo superficie: l. 742,30 m2.
Ley Autonómica Municipal Nº 536
- Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Terreno 1: Mz. 61, Superficie 2,403.50 m2., Terreno 2: Mz. 63, superficie 703,60 m2, haciendo una superficie total de (3.107,10 m2), Tres Mil Ciento Siete 10/100 metros cuadrados, ubicados en la Zona Sur, Mz. 61 y Mz. 63, U.V. 166, Distrito Municipal N° 12 de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Ley Autonómica Municipal Nº 535
- Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Seis Mil Trescientos Setenta y Seis 60/100 metros cuadrados (6.376,60 m2), ubicada en la Zona Sur-Este, Distrito Municipal N° 8, UV. 164, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Ley Autonómica Municipal Nº 534
- Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Dieciséis Mil Ochocientos Diez 14/100 metros cuadrados (16.810,14 m2), ubicados en el Distrito Municipal N° 8, U.V. N° 157, para uso institucional de servicio Cementerio, en Santa Cruz de Sierra.
Ley Autonómica Municipal Nº 533
- BIEN DE DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL" como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Cuatro Mil Doscientos 09/100 metros cuadrados (4.200,09 m2), el terreno ubicado en la Zona Nor-Este, Unidad Vecinal No 221, Distrito Municipal No 5.
Ley Autonómica Municipal Nº 527
- Declara Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y dos 18/100 metros cuadrados (23.452,18 m2), ubicado en la Zona Nor - Este, Distrito Municipal N° 5, U.V. 194, Mz. EQ. y 18A.
Ley Autonómica Municipal Nº 524
- Declara Bien de Dominio Público, la superficie total de ocho mil quinientos treinta y seis 94/100 metros cuadrados (8.536,94 m2) ubicado en la Zona Sur - Este, Distrito Municipal N° 8, U.V. 165, Mz. 10 y 19.
Ley Autonómica Municipal Nº 523
- Declara Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de veintiséis mil cuatrocientos setenta 16/100 metros cuadrados (26.470,16 m2), ubicado en la Zona Sud - Este, Distrito Municipal N°12, U.V. 168, Mz. EQ.
Ley Autonómica Municipal Nº 522
- Declara Bien de Dominio Municipal, la superficie total de doce mil novecientos treinta y conco 59/100 metros cuadrados (12.935,59 m2), ubicados en la Zona Oeste, Distrito Municipal N° 1, U.V. 56.
Ley Autonómica Municipal Nº 516
- Ley que declara Bien de Dominio Público Municipal la superficie total de tres mil cuatrocientos diecisiete 84/100 metros cuadrados (3,417.84 m2), ubicado en la zona este - mz. 8 - 9 u.v. 22 Distrito Municipal N° 2 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Ley Autonómica Municipal Nº 512
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de doce mil novecientos sesenta y nueve 31/100 metros cuadrados (12.969,31 m2), ubicados en la Zona Oeste, Distrito Municipal N° 1, U.V. 31.
Ley Autonómica Municipal Nº 510
- Declara Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de nueve mil doscientos sesenta y seis 82/100 metros cuadrados (9.266,82 m2), ubicados en la Zona Nor - Este, Distrito Municipal N° 6, U.V. 206, Mz. EQ.
Ley Autonómica Municipal Nº 508
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de dos mil cuatrocientos cuarenta y seis 82/100 metros cuadrados, ubicados en la Zona Sur, Distrito Municipal N° 4, E.T. 12, Mz. EQ.
Ley Autonómica Municipal Nº 506
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de trescientos siete con 26/100 metros cuadrados (307,26 m2) ubicados en la zona Norte, Distrito Municipal N°2 U.V. N° 37, Mz. 22.
Ley Autonómica Municipal Nº 500
- Declara como Bien de Dominio Publico Municipal, la superficie total de Un Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro 71/100 metros cuadrados (1.464,71 m2), ubicado en el Distrito Municipal N° 2, Zona Norte, U.V. 15, Mz. EQ.
Ley Autonómica Municipal Nº 499
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal la superficie total de ocho mil cuatrocientos noventa y siete 14/100 metros cuadrado, ubicados en la zona Este, Distrito Municipal N° 7, U.V 226.
Ley Autonómica Municipal Nº 498
- Declara Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de diecisiete mil seiscientos cuarenta y siete con 64/100 (17.647,64 m2), ubicado en la zona Este, U.V. 87 Mz. EQ., Del Distrito Municipal N° 7.
Ley Autonómica Municipal Nº 492
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de dos mil quinientos nueve 31/100 metros cuadrados (2.509,31 m2) ubicada en al Zona Sur, U.V. E.T. 11, Mz. EQ. del Distrito Municipal N° 4.
Ley Autonómica Municipal Nº 487
- Declara Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de nueve mil novecientos noventa y cinco 52/100 metros cuadrados (9.995,52 m2), ubicada en la zona Sur - Este, Distrito Municipal N°8, U.V. 102, Mz.7.
Ley Autonómica Municipal Nº 478
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de (5.649,15 m2) Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Nueve 15/100 Metros Cuadrados, ubicados en el Distrito Municipal Nº 7.
Ley Autonómica Municipal Nº 477
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de 1.394,33 m2 (Un Mil Trescientos Noventa y Cuatro 33/100 Metros Cuadrados), ubicados en el Distrito Municipal Nº 8, Zona Sud - Este.
Ley Autonómica Municipal Nº 476
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Tres Mil Novecientos Ochenta y Ocho 91/100 (3.988,91 m2), conformada por dos terrenos ubicados en la zona Este.
Ley Autonómica Municipal Nº 475
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de (4.176.84 m2) Cuatro Mil Ciento Setenta y Seis 84/100 metros cuadrados, ubicados en el Distrito Municipal Nº 11, Zona Central.
Ley Autonómica Municipal Nº 474
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de 1.601,52 m2 (Un Mil Seiscientos Uno 52/100 Metros Cuadrados), ubicados en el Distrito Municipal Nº 9, zona Sur.
Ley Autonómica Municipal Nº 473
- Declarase como Bien de Dominio Municipal, la superficie total de ciento veintiséis 15/100 metros cuadrados (126,15 m2), ubicado en el Distrito Municipal Nº 1, zona Oeste.
Ley Autonómica Municipal Nº 472
- Declara como como Bien de Dominio Público municipal, la superficie total de Un Mil Ochocientos Sesenta y Dos 50/100 Metros Cuadrados (1.862,50 m2), ubicados en el Distrito Municipal Nº 5, zona Norte.
Ley Autonómica Municipal Nº 471
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Siete Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete 41/100 Metros Cuadrados (7.447,41 m2), ubicados en el Distrito Municipal Nº 10, zona Sud - Oeste, U.V. 126, Mz. 17.
Ley Autonómica Municipal Nº 470
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Dos Mil Novecientos Cuarenta y Ocho 08/100.- (2.948,08 m2), ubicados en la zona Sur Oeste, U.V. 118, Mz. 3 y Mz. 5, Distrito Municipal N° 10.
Ley Autonómica Municipal Nº 469
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de 2.102,07 M2 (Dos Mil Ciento Dos 07/100 Metros Cuadrados), ubicado en el Distrito Municipal Nº 11, zona Central .
Ley Autonómica Municipal Nº 468
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de 3.991,24 m2 (Tres Mil Novecientos Noventa y Uno 24/100 Metros Cuadrados), ubicada en el Distrito Municipal Nº 4, zona Sur, U.V. 27, Mz. EQ., frente a la Mz. 62, con uso de suelo destinado para Área de Uso Público Institucional de Servicio (Mercado Santa Rosa)
Ley Autonómica Municipal Nº 467
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Tres Mil Quinientos Cincuenta y Uno 46/100 (3.551,46 m2), correspondiente al terreno ubicado en la zona Este, UV. 43B, Mz. EQ., entre las Mz. 28 y 33 C, Distrito Municipal N° 3.
Ley Autonómica Municipal Nº 466
- Declara como Bienes de Dominio Públicos Municipales, las cuatro Áreas con una superficie total de Seis Mil Trescientos 44/100 Metros Cuadrados (6.300,44 m2), ubicados en el Distrito Municipal Nº 5, zona Norte, U.V. 68, con uso de suelo destinado para uso Deportivo - Recreativo, Religioso, Asistencial.
Ley Autonómica Municipal Nº 465
- Declara como como Bien de Dominio Público Municipal, las áreas con una superficie total de Cinco Mil Ochocientos Sesenta y Uno 51/100 Metros Cuadrados (5.861,51 m2), ubicados en el Distrito Municipal Nº 4, zona Sur, U.V. 50, con uso de suelo destinado para equipamiento.
Ley Autonómica Municipal Nº 463
- Se declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Dieciséis Mil Cuatrocientos Doce 57/100 (16.412,57 m2), conformada por dos terrenos ubicados en la Zona Este, UV.141, Mz. 11A y Mz. 24, Distrito Municipal N° 6
Ley Autonómica Municipal Nº 462
- Se declara como Bien de Dominio Municipal, la superficie total de 407,68 m2 (Cuatrocientos Siete 68/100 Metros Cuadrados), ubicado en el Distrito Municipal Nº 3, zona Este, Mz. 2-3, U.V. 43B, Lote s/n.
Ley Autonómica Municipal Nº 461
- Declara como Bien de Dominio Municipal la superficie total de 9.605,03 m2, nueve mil seiscientos cinco 03/100 Metros Cuadrados, ubicada en el Distrito Municipal Nº 1, Zona Norte, U.V. 61 entre Mz. 26, 27, 30, 31.
Ley Autonómica Municipal Nº 459
- Se declara como Bien de Dominio Municipal, la superficie total de 508,69 m2 (Quinientos Ocho, 69/100 Metros Cuadrados), ubicado en el Distrito Municipal N° 2, zona Este, U.V. 20, Mz. 24, Lote s/n.
Ley Autonómica Municipal Nº 458
- Se declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de 143,06 m2 (Ciento Cuarenta y Tres 06/100 Metros Cuadrados), ubicada en el Distrito Municipal N° 1, zona Oeste.
Ley Autonómica Municipal Nº 457
- Se declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de 1817,66 m2 (Un Mil Ochocientos Diecisiete 66/100 Metros Cuadrados), ubicado en el Distrito Municipal Nº 3, Zona Este.
Ley Autonómica Municipal Nº 455
- Se declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Nueve Mil Seiscientos Cinco 03/100 Metros Cuadrados (9.605,03 m2), ubicada entre la Mz. 26, 27, 30 y 31, U.V. 61, zona Norte, Distrito Municipal N° 1 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra
Ley Autonómica Municipal Nº 454
- Declara como Bien de Dominio Público Municipal, la superficie total de Nueve Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 88/100 Metros Cuadrados ( 9.845,88 m2), ubicada en la zona Nor -Este, Distrito Municipal No 6, U.V. 197, entre la Mz. 12B, 23A, 25A y 31A
Ley Autonómica Municipal Nº 453
- Se declara de necesidad y utilidad pública y consiguiente expropiación de los terrenos e inmuebles ubicados en la zona Oeste de la ciudad de Santa Cruz, Distrito Municipal N° 10, U.V. 110, Mz. 7, para la consolidación de un equipamiento primario y fracción de vía de 13.00 de ancho, cuya superficie total de afectación es de 1.600,15 m2, de conformidad al plano PPL-041
Ley Autonómica Municipal Nº 407
- LEY DE EXPROPIACIÓN DE TERRENOS POR LA IMPLEMENTACIÓN DEL CANAL DE DRENAJE SAMARIA, TRAMO V, UBICADOS FUERA DEL RADIO URBANO - SECTOR DENOMINADO VILLA II - III
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