Ordenanza Municipal Nº 62-1987

Dispónese que con carácter obligatorio los propietarios de inmuebles urbanos, deben registrar su derecho propietario en la Dirección Municipal de Catastro Urbano.

Sancionada el Martes 15 de septiembre de 1987

Promulgada el Lunes 5 de octubre de 1987

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