Ordenanza Municipal Nº 41-1991

Prohíbe a toda persona natural o jurídica a utilizar las paredes o muros de los edificios públicos o privados para realizar actividades publicitarias de cualquier naturaleza, excepto las imprescindiblemente necesarias y sean autorizadas por el Gobierno Municipal o aquellas que tengan autorización directa de los propietarios.

Sancionada el Miércoles 30 de octubre de 1991

Promulgada el Lunes 4 de noviembre de 1991

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