Declara de necesidad y utilidad pública la construcción del Parque de "PRESERVACION ECOLOGICA DEL PIRAI", y la consiguiente expropiación de los terrenos ubicados en el área comprendida en la Zona Nor-Oeste, entre las Avenidas Roca y Coronado por el lado Sur, Avenida Costanera paralela al dique defensivo por el lado Nor-Oeste y el Cuarto Anillo por el lado Este.