Ordenanza Municipal Nº 59-1997
Aprueba la modificación del Art. 15 Inc. a), contemplado en el Capítulo VI, Sección I del Reglamento normativo de la Ordenanza Municipal No. 021/95, en el horario establecido a los moteles, eliminando la restricción del horario.
Sancionada el Viernes 14 de noviembre de 1997
Promulgada el Jueves 20 de noviembre de 1997