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ESTA ORDENANZA HA SIDO ABROGADA POR LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 037-A-2000

Ordenanza Municipal Nº 83-1999

A partir de la fecha toda la nueva Estación de Servicios de expendio de combustible, deberán ser ubicadas a una distancia mínima de un kilometro de las estaciones existentes. (Abrogada O.M 037-A/2000).

Sancionada el Martes 7 de diciembre de 1999

Promulgada el Miércoles 20 de diciembre de 2000

Publicación en la Gaceta Municipal

Ordenanza publicada en la Gaceta de Gestión 1999

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