Prohibe la circulación de camiones de alto tonelaje por calles y avenidas de unidades vecinales y barrios con un ancho menor a 15 metros, así como el estacionamiento de motorizado de alto tonelaje en calles secundarias, radiales, avenidas y anillos, dentro de la jurisdicción municipal de Santa Cruz. (O.M. 154-A/2000 la complementa).