Resolución Municipal Nº 129-1988

Todo padre de familia de colegio particular, al inicio de la gestión escolar, deberá cancelar el aporte escolar exigiendo constancia de dicho pago establecido en el Art. 2do de la Ordenanza Municipal No. 19/88.

Sancionada el Miércoles 6 de julio de 1988

Noticia que tiene algún tipo de relación con la Resolución Municipal

ORDENANZA MUNICIPAL No. 19/88
Fuente: concejomunicipalscz.gob.bo

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